Retención de IRPF, qué es y cómo se calcula la tuya
Qué es la retención de IRPF, quién decide tu porcentaje y por qué cambia a mitad de año, con los tipos que salen para seis sueldos reales.
Todos los meses aparece en tu nómina una línea que se lleva un porcentaje de tu sueldo. Esa retención de IRPF no es un impuesto que te cobren: es un anticipo del impuesto que te va a tocar, y entender la diferencia cambia cómo lees el resto de la nómina.
No es un impuesto, es un pago a cuenta
El IRPF es un impuesto anual. Se calcula una vez, sobre lo que has ganado en todo el año, y se liquida en la declaración.
Lo que hace tu empresa es adelantarle a Hacienda parte de ese impuesto cada mes, en tu nombre, con dinero tuyo. El artículo 99 de la ley del impuesto llama a eso pago a cuenta, y esa palabra lo explica todo.
De ahí salen dos consecuencias que la gente suele intuir mal.
La primera: el porcentaje que te retienen no es lo que pagas de IRPF. Es una estimación de lo que vas a pagar. Si sobra, te lo devuelven; si falta, lo ingresas.
La segunda: una devolución no es un premio. Es tu dinero volviendo. Y una declaración a pagar no significa que hayas pagado más impuesto, solo que a lo largo del año adelantaste menos de la cuenta.
Cómo se calcula la retención de IRPF
En territorio común no se consulta ninguna tabla. Tu empresa aplica el procedimiento del artículo 82 del reglamento, que en esencia hace esto:
- Estima lo que vas a cobrar en el año completo.
- Resta tus cotizaciones a la Seguridad Social y las reducciones que te correspondan.
- Aplica la escala del impuesto a lo que queda.
- Aplica la misma escala a tu mínimo personal y familiar, y descuenta esa segunda cuota de la primera.
- Divide el resultado entre tu retribución anual prevista. Ese cociente es tu porcentaje.
Como el cálculo parte de tu sueldo exacto y de tus circunstancias, el resultado es tan concreto como tú. Sobre la escala del paso 3 está la explicación de los tramos del IRPF, y sobre el paso 4, cómo funciona el mínimo personal y familiar.
Los tipos que salen de verdad
Estos son los porcentajes que produce ese procedimiento en territorio común, sin hijos a cargo, para seis sueldos.
| Bruto anual | Tipo | Al mes |
|---|---|---|
| 20.000 € | 10,2 % | 170 € |
| 25.000 € | 14,1 % | 294 € |
| 30.000 € | 16,4 % | 411 € |
| 40.000 € | 19,4 % | 645 € |
| 60.000 € | 24,4 % | 1.222 € |
| 90.000 € | 30,7 % | 2.303 € |
Fíjate en el tramo de 18.000 a 25.000 euros, donde el porcentaje sube mucho más rápido que el sueldo. No es un error ni un castigo: es el efecto combinado de la escala progresiva y de la reducción por rendimientos del trabajo, que se va agotando hasta desaparecer del todo pasados unos 21.100 euros de bruto. A partir de ahí el tipo crece de forma mucho más suave.
Y por debajo de cierto umbral de sueldo no hay retención en absoluto. Ese límite lo fija cada año el artículo 81 del reglamento y depende del número de hijos, así que dos personas con el mismo sueldo bajo pueden tener una cero y la otra un porcentaje pequeño.
Por qué cambia a mitad de año
Mucha gente descubre en marzo que le retienen distinto que en enero y piensa que ha habido un error. Normalmente no lo hay: el reglamento obliga a recalcular cuando pasa algo que altera la previsión.
Las causas típicas son cuatro.
- Te suben el sueldo o cobras un variable. La previsión anual cambia, y el porcentaje con ella.
- Comunicas un cambio personal. Un hijo, una situación de discapacidad reconocida, un cambio de estado civil que afecte al mínimo.
- Cambias de contrato o de jornada.
- Entras a mitad de año. La empresa estima solo los meses que le quedan contigo.
Cuando el recálculo llega tarde, la empresa reparte el ajuste en los meses que quedan, así que el porcentaje puede subir de golpe. Es desagradable de ver, pero corrige en tu favor: llegas a la declaración con lo justo adelantado en lugar de con una deuda.
Cuándo conviene tocarla
Tu empresa no adivina tus circunstancias, se las tienes que comunicar. El vehículo para eso es el modelo 145, y está explicado en cómo cambiar tu retención con el modelo 145.
Hay además un caso que casi nadie usa y que resuelve un problema real: puedes pedir por escrito que te retengan más de lo que te corresponde. El reglamento lo permite expresamente. Tiene sentido si sabes que vas a acabar pagando en la declaración, por ejemplo porque tienes dos empleadores o porque cobras un alquiler, y prefieres repartir ese pago en doce meses en lugar de afrontarlo de una vez en junio. Ese escenario lo desarrollamos en el problema de tener dos pagadores.
Lo que no puedes es pedir que te retengan menos de lo que resulta del cálculo. Ese porcentaje es un mínimo legal, no una preferencia.
Comprueba el tuyo
La forma de saber si tu porcentaje cuadra es reproducir el cálculo con tus datos. La calculadora de esta página hace exactamente los cinco pasos de arriba y te enseña el resultado desglosado, así que puedes comparar la cifra con la línea de tu nómina y ver de dónde sale cada euro.
Si la diferencia es grande, suele apuntar a un dato desactualizado en tu empresa antes que a un error de cálculo. Y si quieres los porcentajes tabulados por sueldo y número de hijos, están en la tabla de retenciones.
El simulador compara lo que te retienen con el impuesto que de verdad te toca.
Mira si te sale a pagar o a devolver