Modelo 145 y cómo cambiar tu retención de IRPF
El modelo 145 es el papel con el que tu empresa calcula tu retención de IRPF. Si está desactualizado te retienen de más o de menos durante todo el año.
El modelo 145 es un folio que casi todo el mundo rellena el primer día de trabajo, entrega sin leer y no vuelve a tocar nunca. Y sin embargo es el documento que decide cuánto IRPF te quitan cada mes durante años.
Qué es el modelo 145
Es la comunicación de datos al pagador, regulada en el reglamento del impuesto. Con él le dices a tu empresa cuál es tu situación personal y familiar, y tu empresa usa esa información para calcular el tipo de retención que te corresponde.
No es una declaración ante Hacienda ni se presenta en ninguna sede electrónica. Se entrega a tu empresa y se queda ahí. Tampoco lo comprueba nadie de oficio, lo cual explica por qué tantas retenciones están mal calculadas durante años sin que salte ninguna alarma.
Qué información recoge
Los datos que de verdad mueven la aguja son estos. Tu situación familiar, es decir, si estás soltero con hijos a tu cargo, casado con un cónyuge que gana poco, o cualquier otra situación. Tus descendientes, con sus fechas de nacimiento, porque el mínimo por descendientes crece con el orden de nacimiento y hay un extra por los menores de tres años. Y junto a ellos una casilla pequeña que vale mucho dinero, la del cómputo por entero. Tus ascendientes a cargo. Situaciones de discapacidad, tuya o de las personas a tu cargo, que reducen sensiblemente la retención. Y determinadas circunstancias como pensiones compensatorias o el pago de un préstamo para la vivienda habitual en los casos que todavía dan derecho a deducción.
Cuándo hay que actualizarlo
La regla es sencilla. Siempre que cambie algo de lo anterior.
Los casos habituales son el nacimiento o la adopción de un hijo, un divorcio o una separación legal, el reconocimiento de un grado de discapacidad, que un ascendiente pase a estar a tu cargo, o que tu cónyuge empiece a ganar por encima del umbral que antes no superaba.
El detalle importante es que los cambios no tienen efecto retroactivo. Si tu hijo nació en febrero y comunicas el dato en noviembre, has estado nueve meses con una retención más alta de la que te tocaba. Ese dinero no se pierde, porque se regulariza en la declaración y sale a devolver, pero lo has tenido prestado a Hacienda sin cobrar intereses durante casi un año.
La casilla del cómputo por entero
Merece un apartado propio porque es la que más dinero mueve y la que más gente deja en blanco.
Por defecto, el mínimo por descendientes se reparte a medias entre los dos progenitores, porque los dos generan derecho por el mismo hijo. Así que tu empresa aplica la mitad, y hace bien.
Pero si tienes derecho en exclusiva a la totalidad, porque vives solo con tus hijos o porque el otro progenitor ha fallecido, te corresponde el mínimo entero. Y eso tu empresa solo lo sabe si marcas la casilla.
La diferencia no es simbólica. Con tres hijos y 30.000 euros de bruto, el tipo pasa del 12,9 por ciento contando el mínimo a medias al 9,7 contándolo entero: 81,25 euros al mes. No marcarla no te hace perder el dinero, porque se regulariza en la declaración, pero se lo dejas prestado a Hacienda todo el año.
Y ojo con una idea extendida: esto no va solo de familias monoparentales. El reglamento habla de tener derecho de forma exclusiva a la totalidad, sin ligarlo al estado civil. Un viudo lo tiene. También quien tenga hijos por los que el otro progenitor no genere derecho al mínimo. Por eso en el modelo es una casilla aparte y no una consecuencia de la situación familiar que declares más arriba.
En la calculadora de esta página está igual: una casilla propia que aparece en cuanto indicas que tienes hijos a cargo.
Cuando te retienen de menos
El caso contrario es más incómodo. Si tu situación empeora a efectos fiscales y no lo comunicas, te están reteniendo poco y la diferencia aparecerá de golpe en la declaración, con la desagradable sorpresa de que te sale a pagar.
El origen más frecuente de esto no es el modelo 145 sino tener dos pagadores en el mismo año. Cada empresa calcula tu retención como si fuera la única que te paga, así que cada una aplica un tipo correspondiente a un sueldo pequeño. Sumados los dos sueldos, tu tipo real es más alto, y entre las dos te han retenido de menos. Es exactamente la situación que se ve en la diferencia entre lo retenido y el impuesto real.
Puedes pedir que te retengan más
Hay una posibilidad que poca gente usa y que es perfectamente legal. Puedes solicitar a tu empresa que te aplique un tipo de retención superior al que sale por cálculo. No hace falta justificar nada y la empresa está obligada a aplicarlo.
Sirve para dos cosas. La primera, evitar el susto de una declaración que sale a pagar cuando sabes que vas a tener dos pagadores. La segunda, usarlo como un ahorro forzoso, aunque conviene saber que es un ahorro que no genera ningún interés.
La operación inversa no existe. No puedes pedir que te retengan menos del tipo que resulta del cálculo reglamentario.
Cómo saber cuál es tu retención correcta
El simulador calcula el tipo que te corresponde según tu sueldo, tu territorio y tu número de hijos, y además te dice qué retención dejaría tu declaración exactamente a cero. Si el porcentaje que ves en tu nómina se aleja mucho de ese número, tienes un buen motivo para revisar qué modelo 145 tiene tu empresa archivado con tu nombre.
Y si tributas en Navarra o en alguno de los territorios vascos, ten en cuenta que el documento y el procedimiento son los suyos, no los de la Agencia Tributaria, porque cada hacienda foral tiene su propia normativa.
Qué pasa si nunca lo entregas
La empresa no puede inventarse tus circunstancias, así que aplica el caso más desfavorable: te trata como si no tuvieras hijos ni ninguna otra situación que reduzca la retención. El resultado es que te retienen más de lo que te toca durante todo el año y lo recuperas en la declaración, sin intereses.
No es una infracción tuya, pero es dinero prestado a Hacienda por descuido.
El orden correcto de las cosas
- Comprueba qué situación familiar tiene registrada tu empresa. Suele estar en el portal del empleado o se pide a quien lleve la nómina.
- Si algo ha cambiado, rellena un modelo 145 nuevo y entrégalo cuanto antes, porque los efectos empiezan desde ese momento y no antes.
- Si sabes que vas a tener dos pagadores, calcula tu tipo real y pide por escrito que te apliquen ese porcentaje.
- Revísalo cada enero. Es el momento en el que las empresas recalculan y en el que un dato nuevo tiene efecto sobre los doce meses completos.
Qué no arregla el modelo 145
Conviene saber dónde están sus límites, porque no todo lo que descuadra una retención se corrige con este papel.
No arregla el problema de los dos pagadores. Ese documento le dice a una empresa cuál es tu situación, pero ninguna de las dos sabe lo que te paga la otra, así que cada una calculará su retención como si fuera la única. La única vía ahí es pedir voluntariamente un tipo más alto.
Tampoco corrige lo ya retenido. Sus efectos empiezan el día que lo entregas, así que los meses anteriores se quedan como estaban y se regularizan en la declaración.
Y no sustituye a la declaración. Por bien ajustada que esté tu retención, si estás obligado a declarar tienes que hacerlo igual.
El simulador compara lo que te retienen con el impuesto que de verdad te toca.
Mira si te sale a pagar o a devolver